El obispado «elimina» el toque de las campanas de una iglesia de Ponferrada tras un auto judicial
La abogada del denunciante se muestra sorprendida y no entiende la decisión: «No es cierto que ese auto determine que las campanas deban cesar sino que les obliga adoptar medidas correctoras para que funcionen dentro de los límites de la Ley del Ruido»
El obispado de Astorga enmudece las campanas de San Ignacio de Ponferrada. Ha sido el pasado viernes, día 1 de agosto, cuando los carillones del templo situado en la avenida de Compostilla de la capital berciana han dejado de sonar.
La decisión ha sido anunciada por la diócesis en una nota publicada en su página web y la justifica en la necesidad de dar cumplimiento a la ejecución provisional del auto dictado por la plaza nº2 de de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Astorga sobre la sentencia que apeló y que fue dictada el 12 de mayo por juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Astorga.
De esta forma, el obispado de Astorga comunica que «desde el 1 de agosto de 2025 y hasta nuevo comunicado, se eliminan los toques de campanas -uso horario y litúrgico/llamada al culto- de la iglesia de San Ignacio de Loyola de Ponferrada».
El conflicto se ha suscitado a raíz de la denuncia de un vecino del entorno del templo que solicitaba que se rebajara el tañir de los carillones para adaptarlos a la Ley de Ruido, debido a que «supera un 1.600 por ciento los niveles máximos permitidos», según explicó su abogada, María José Rodríguez, especialista en contaminación acústica perteneciente a la asociación Juristas contra el Ruido, en declaraciones a este periódico.
«Estrés, ansiedad e incluso contracturas musculares» son algunos de los problemas que la letrada destaca que arrastra su cliente «por el estado de tensión en el que se encuentra» como consecuencia de esta situación, «por un ruido bestial que cada quince minutos irrumpe en su casa». Una situación insoportable que llega incluso a hacerle «que no pueda estar en su casa».
Se trata de unos daños morales que reconoce la sentencia y por los que condena al obispado a abonarle al vecino denunciante una cuantía de mil euros en concepto de indemnización debido al estrés provocado por el tañir de la campanas.
«La sentencia no les obliga a clausurar las campanas»
La abogada del vecino denunciante está sorprendida y no entiende la decisión adoptada por la diócesis de Astorga de enmudecer las campanas de la iglesia de San Ignacio de Ponferrada porque «no es cierto que ese auto determine que las campanas deban cesar sino que les obliga adoptar medidas correctoras para que funcionen dentro de los límites de la Ley del Ruido».
En este sentido, remarca que «la sentencia en ese sentido es muy clara: deben cesar las molestias pero para eso no es necesario que clausuren las campanas sino que lo que tienen que hacer es reconducir los niveles de los tañidos a los límites legales», explica en declaraciones a este periódico. «En ningún momento la sentencia les obliga a clausurar las campanas y es lo que me parece extraño de la situación que se ha generado», concluye.