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Red de calor de Ponferrada.

La justicia ordena el «cese inmediato» de la actividad de la red de calor de Ponferrada

Estima así la petición de la Asociación Bierzo Aire Limpio y los vecinos de Compostilla

Leonoticias

León

Martes, 4 de noviembre 2025, 19:34

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El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de León ordena la paralización de la actividad de la central de biomasa de Ponferrada, la red de calor, por petición de las asociaciones Bierzo Aire Limpio y de vecinos del barrio de Compostilla tras la anulación de las licencias de esa central en una sentencia judicial anterior.

El documento estima parcialmente las peticiones de ambos colectivos ya que no se puede ordenar la paralización de las obras porque ya están ejecutadas.

Un cese rotundo

Mediante Auto de fecha de este martes, el Magistrado Sergio Orduña ordena «al Ayuntamiento de Ponferrada que proceda al cese inmediato de cualquier actividad que se esté desarrollando en la Central de Producción de Energía Térmica con Biomasa, al amparo de las licencias anuladas por la citada sentencia».

El Auto judicial se pronuncia en términos muy rotundos señalando que existe «un perjuicio consistente en la exposición de la población a un riesgo para la salud y el medio ambiente que nunca ha sido ponderado correctamente por la Administración» y que se «trata de atajar es la existencia misma de una instalación industrial operando sin las garantías ambientales debidas. La finalidad de la legislación de prevención ambiental es preventiva; si se permite que una instalación opere sin evaluación integral hasta que la sentencia sea firme (lo que puede demorar años), el eventual daño ambiental o a la salud ya se habrá producido, convirtiendo la tutela judicial en ilusoria.»

El juez acepta así la petición de esos colectivos, quienes alegaron que la central pone en riesgo la salud de los vecinos y del medio ambiente ya que no ha superado la evaluación ambiental integral. El Auto establece expresamente que «La Administración (Ayuntamiento) y la promotora (SOMACYL) tienen la obligación de disponer los medios alternativos (calderas de gasóleo, gas, etc., que dichos centros necesariamente poseían antes de la conexión a la red) para garantizar la continuidad del servicio por otros medios. El perjuicio es, en esencia, económico (el coste de restablecer los sistemas antiguos) y organizativo (la molestia a los usuarios)»

De hecho, según el propio certificado aportado por el Ayuntamiento y firmado el 23/10/25 en la oposición a la demanda de ejecución provisional solo hay seis edificios conectados a la red de calor -Parque de Bomberos, Pabellón Lydia Valentín, Casa de La Cultura y Biblioteca Pública Valentín García Yebra, Colegio de Educación lnfantil y Primaria Peñalba, Colegio de Educación lnfantil y Primaria La Puebla y Colegio de Educación de Personas Adultas Ramón Carnicer- y ninguno es la residencia de ancianos.

Respecto a las manifestaciones del Ayuntamiento que pide «responsabilidad» para no dejar sin calefacción ni ACS a colegios, residencias de ancianos, se señala que el mismo «no ha vacilado en mantener en funcionamiento una actividad potencialmente dañina para el medio ambiente y la población, sin evaluar los posibles riesgos y es más, pretende que siga funcionando en esas mismas condiciones».

La sentencia no es definitiva, ya que cabe recurso contencioso administrativo en el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

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