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Imagen de la detención del condenado en el año 2023.
El TSJ ratifica la sentencia por estafar 15.000 euros a una anciana en el Bierzo

El TSJ ratifica la sentencia por estafar 15.000 euros a una anciana en el Bierzo

El autor fue condenado por la Audiencia Provincial de León a dos años y 8 meses de cárcel

Esther Jiménez

Ponferrada

Jueves, 9 de mayo 2024, 11:35

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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha desestimado el recurso de apelación contra la sentencia de la Audiencia Provincial de León que condenó a un varón a dos años y 8 meses de cárcel por un delito de estafa.

El hombre, que cuenta con antecedentes y múltiples condenas previas por este mismo delito, una de ellas con una pena de tres meses de prisión que aún no ha cumplido, estafó a una anciana de 84 años de la comarca del Bierzo un total de 15.430 euros mediante técnicas de phising telefónico.

Los hechos tuvieron lugar entre el 31 de agosto y el 30 de noviembre de 2021, cuando el condenado realizó 66 llamadas telefónicas a la denunciante, en especial en horas nocturnas y cuando se encontraba sola en casa, al conocer de antemano que por el día era visitada por una hermana. También sabía que la víctima era una persona vulnerable por su edad, 84 años, que vivía sola y estaba viuda, «todo ello para ganar su confianza y con la única intención de obtener un beneficio ilícito».

Según recoge la sentencia, el acusado engañó a la anciana señalando que no disponía de medios económicos y que se encontraba mal, por lo que le pedía dinero con el compromiso de que se lo iba a devolver «a sabiendas de que estaba ocultando la realidad, ya que en ningún momento tuvo la intención de devolverlo».

Así, la denunciante, motivada por la confianza y la pena, le fue ingresando dinero en una cuanta bancaria, hasta alcanzar los 15.430 euros, de los que no ha devuelto ni un solo euro.

La Audiencia Provincial de León dictó sentencia condenatoria por un delito continuado de estafa, con el agravante de reincidencia, ya que acumula hasta nueve sentencias previas por el mismo delito, ocho de ellas ya cumplidas y por tanto calificados como antecedentes cancelables. Por esta última estafa se le impone una pena de dos años y ocho meses de prisión y una indemnización por el mismo valor de la deuda contraída con la anciana.

El Alto Tribunal considera que los hechos están probados y rechaza, por tanto, el recurso de apelación presentado por el estafador, quien alegó que existía un error en la valoración de la prueba. El TSJCyL afirma que la valoración es correcta y ratifica así la pena impuesta.

Contra dicha resolución cabe todavía recurso de casación en el plazo de cinco días ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.

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