Fachada principal del Hospital del Bierzo. Carmen Ramos

Eximen a un berciano con VIH de pagar 4.800 euros al hospital por «trabas» en la atención sanitaria

El Juzgado Contencioso-Administrativo número 2 de León estima el recurso presentado por un paciente en situación de vulnerabilidad social

Elbierzonoticias

Ponferrada

Viernes, 21 de noviembre 2025, 14:18

El Juzgado Contencioso-Administrativo número 2 de León ha estimado el recurso presentado por un paciente con el VIH en situación de vulnerabilidad social, anulando una factura de 4.805,21 euros emitida por la Gerencia de Asistencia Sanitaria del Bierzo (SACYL) por una atención sanitaria de urgencia recibida por el demandante en el Hospital del Bierzo entre el 18 y el 26 de diciembre de 2024.

Publicidad

La resolución, dictada el 10 de octubre de 2025, reafirma la prevalencia del derecho fundamental a la protección de la salud sobre requisitos administrativos formales, especialmente cuando concurren circunstancias de urgencia médica y vulnerabilidad social.

La sentencia considera probado que el paciente llegó a España el 19 de octubre de 2024, se empadronó en Ponferrada cuatro días después y buscó regularizar su acceso a la sanidad desde el inicio a través de la Asociación Caracol. Sin embargo, según la resolución, las «trabas» administrativas impidieron su acceso a la atención primaria, lo que derivó en un empeoramiento clínico que desembocó en una atención de urgencia, con posterior ingreso hospitalario e intervención quirúrgica, según ha informado la Asociación Caracol de Ponferrada.

La resolución judicial subraya que esta situación es consecuencia de «disfunciones del propio sistema», ya que, en su conjunto, «falló en proporcionar un cauce de acceso reglado a una persona con una patología crónica grave y en situación de vulnerabilidad, obligándole a recurrir a la vía de la urgencia cuando su salud ya se había deteriorado significativamente».

Otra de las claves para la resolución del caso reside en el análisis de las circunstancias en las que se produjo la asistencia. La Administración yerra al minimizar la gravedad del cuadro clínico y desvincularlo de la patología de base del afectado, describe el escrito. Un absceso que requiere drenaje quirúrgico en un paciente con el VIH, que además ha visto interrumpido su tratamiento, no es una dolencia menor, es una urgencia en la que la falta de atención inmediata podría haber conllevado consecuencias de extrema gravedad. El nexo entre la inmunosupresión derivada del VIH no tratado y la aparición de un proceso infeccioso severo es una evidencia médica, añade la sentencia. Un análisis respaldado asimismo por los profesionales sanitarios del Hospital El Bierzo.

Publicidad

«Corregir prácticas excluyentes»

La Asociación Caracol de Ponferrada brindó apoyo al demandante desde la fase inicial, en especial con los trámites administrativos para acceder a la atención sanitaria. Durante el proceso, la entidad documentó las dificultades de acceso a la atención primaria y elaboró un informe que posteriormente fue incorporado como prueba en el litigio. Dicho documento resultó determinante para que el juzgado constatara las circunstancias de vulnerabilidad del paciente y las deficiencias en el acceso al sistema sanitario que precedieron a su hospitalización urgente.

La sentencia es firme al no admitir recurso de apelación y reconoce el derecho a la gratuidad de la asistencia sanitaria prestada. Además, impone las costas procesales a la Administración demandada, la Gerencia de Asistencia Sanitaria del Bierzo de la Junta de Castilla y León.

Publicidad

Raquel Rodríguez, educadora social en la Asociación Caracol, señala que «este caso evidencia cómo determinadas barreras administrativas pueden poner en riesgo la salud de personas en situación de grave vulnerabilidad», una realidad con la que, añade, «nos encontramos con demasiada frecuencia». Rodríguez confía en que la sentencia «contribuya a corregir prácticas excluyentes en el circuito de acceso a la atención sanitaria y a mejorar la atención a las personas migrantes y con VIH en toda la provincia y en la comunidad».

Por su parte, Oliver Marcos, Secretario General de Cesida y educador par en el ámbito hospitalario, afirma que, en multitud de ocasiones, las personas migrantes «se encuentran con muchas trabas para el acceso al sistema sanitario». La protección de la salud como derecho fundamental y la salud pública como competencia de las administraciones públicas, «deben ser pilares fundamentales» para garantizar el tratamiento antirretroviral en personas con el VIH.

Publicidad

«Malas prácticas administrativas»

La letrada Ana Beatriz González, colaboradora de Cáritas Ponferrada, valora positivamente la sentencia y destaca «su sensibilidad y rigor al abordar las malas prácticas administrativas en algunos centros de salud». El juez ha interpretado «con criterio humanitario y conforme a los principios constitucionales» el derecho a la asistencia sanitaria universal, poniendo especial énfasis en la protección de colectivos vulnerables. Reconoce que los procedimientos y plazos establecidos para acceder a la financiación pública no deben impedir la atención médica urgente ni dejar desprotegidas a personas en situaciones límite.

La abogada subraya asimismo que el magistrado evita una interpretación formalista que pudiera perjudicar a quienes sufren exclusión social, «garantizando el derecho a la salud por encima de obstáculos burocráticos». Así, pone en evidencia que exigir el pago por asistencia en casos de vulnerabilidad social es injusto y contrario a los principios de equidad y buena fe. Esta sentencia «revela la importancia de priorizar la dignidad y la salud de las personas frente a disfunciones administrativas». En definitiva, la resolución refleja un adecuado ejercicio judicial sensible y comprometido con la justicia social y la protección efectiva de derechos fundamentales.

Publicidad

Varios casosen Castilla y León

En Castilla y León ya son varios los casos documentados de personas migrantes a las que se les niega el acceso al tratamiento antirretroviral por cuestiones administrativas. Las entidades de la comunidad se han reunido en varias ocasiones con la dirección de Salud Pública de la Consejería de Sanidad, sin haber encontrado aún una solución a estas situaciones.

Denuncian que la falta de interés político en estas cuestiones sigue manteniendo en los márgenes a las personas migrantes y, de esta forma, se promueve una inequidad territorial con respecto al cuidado de la salud. El propio SACYL ha catalogado estas situaciones de «turismo sanitario», negando el acceso a tratamientos y sometiendo a las personas con el VIH a una situación de exclusión sanitaria y de vulnerabilidad social.

Este contenido es exclusivo para suscriptores

Disfruta de acceso ilimitado y ventajas exclusivas

Publicidad