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Tener un gallinero en casa puede convertirse en una práctica de alto riesgo sin la ley en la mano. En una comarca como El Bierzo donde tradicionalmente el gallinero va asociado a la casa para garantizar el autoconsumo la clave está en legalizarlos con menos de 30 aves. Todo ello para no incurrir en sanciones que se recogen en la Ley de Sanidad Animal, donde las infracciones leves pueden llegar a sancionarse con multas de 600 a 3.000 euros e incluso con apercibimientos.
Cualquier explotación ganadera, independientemente de la especie, está obligada a estar registrada en el registro de explotaciones ganaderas de Castilla y León. Por lo tanto, es lo mismo que el corral que tenemos en casa para proveernos de huevos o carne tenga dos que 120.000 gallinas.
La diferencia estriba, en que las explotaciones de autoconsumo no pueden superar un número de animales. Un autoconsumo que solamente está definido en porcino, aviar, conejos y abejas.
En el caso del aviar está recogido en el Real Decreto 637/2021, de 27 de julio, por el que se establecen las normas básicas de ordenación de granjas avícolas. En el apartado 2.h se define el autoconsumo, como aquella explotación que no puede superar 0,15 Unidades Ganaderas Mayores (UGM).
Un dato importante es tener que cuenta que la familia gallinacea comprende gallinas de puesta y pollos de carne. El máximo de gallinas para autoconsumo es de 30 por gallinero mientras que el de pollos está fijado en 50.
La normativa de Castilla y León se recoge en el Decreto legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León y el Anexo III contempla las actividades sometidas a comunicación ambiental, entre las que se encuentran las aves: Instalaciones ganaderas menores, entendiendo por tales las instalaciones pecuarias orientadas al autoconsumo doméstico según está definido en las normas sectoriales de ganadería y aquellas otras que no superen 2 UGM, que se obtendrán de la suma de todos los animales de acuerdo con la tabla de conversión a unidades de ganado mayor y siempre con un máximo de 100 animales.
Así las cosas, y como la ley no exime de su cumplimiento a pesar de su desconocimento, aquí te damos las pautas, paso a paso, que debes seguir para legalizar un gallinero de autoconsumo.
Lo primero que tenemos que hacer es acudir al ayuntamiento al que pertenezca nuestra localidad donde nos facilitarán unos modelos de comunicacián ambiental, dependiendo de las especies, para realizar un escrito en el que se recogan los animales que queremos tener, que no podrán superar las dos Unidades Ganaderas Mayores (UGM), y donde queremos poner el gallinero. Se trata de unos modelos elaborados por la sección de Agricultura y Ganadería del Servicio Territorial de León remitidos a través de la Diputación a todos los ayuntamientos.
Una vez rellenado el modelo correspondiente, en el ayuntamiento nos darán el sello de entrada y con ese documento se deberá continuar la tramitación del gallinero en la Junta de Castilla y León.
Los técnicos veterinarios nos ayudaran a dar de alta nuestro corral doméstico. Para ello el solicitante deberá acreditar la titularidad de la finca donde va a ubicar la explotación ganadera menor o presentar un contrato de cesión o de arrendamiento, «algo que justifique que la persona que es titular de la finca si no es la persona que desee poner el corral doméstico le cede el terreno para hacer esa actividad», explicó la veterinaria coordinadora de la Sección Agraria Comarcal de la Junta en Ponferrada, Teresa Hermida.
A continuación, será necesario completar una serie de documentos que les facilitarán en la Junta. Un trámite que dará luz verde a los veterinarios para proceder a realizarr una visita a lugar donde se pretende ubicar el gallinero «para comprobar que reúne los requisitos mínimos para tener el tipo de animales que quieran tener», remarcó Hermida.
En el caso de las gallinas, normalmente están en régimen mixto con una zona de exterior donde están por el día y otra de interior donde guarecerse por la noche. Suelen ser gallineros fijos, si bien desde la Junta aseguran que en algunos ayuntamientos también se está solicitando la implantación de gallineros móviles dotados de ruedas que puedan moverse a través de la finca, «más problemático para el tipo de explotaciones que tenemos aquí», apuntan desde la Junta.
Además, entre los requisitos solicitados para autorizar un gallinero de autoconsumo en El Bierzo, los técnicos también tienen en cuenta que los materiales con los que están elaborados no resulten dañinos para los animales, que no tengan bordes cortantes, que tengan acceso a agua o que el propietario se comprometa a facilitarles agua limpia y potable. «Son requisitos muy generales», subrayó la veterinaria coordinadora de la Sección Agraria Comarcal de la Junta en Ponferrada.
Después de la visita, los técnicos realizan un informe teniendo también en cuenta toda la documentación que ha aportado el interesado. Un documento que una vez realizado remiten al Servicio Territorial de León donde «le dan un número de explotación si consideran que con nuestro informe acreditamos que cumple todas las condiciones favorables para tenencia de animales». Así ya habremos conseguido legalizar nuestro gallinero.
El número de explotación en el caso de las gallinas no sería necesario presentarlo para el traslado de las aves pero sí en el caso de gallineros mixtos con gallinas y otros animales. «Normalmente los propietarios se dirigen a las comercializadoras que hay en la zona y les venden las unidades que quieran», aseveró Hermida.
Desde el inicio del proceso hasta la legalización pueden pasar dos semanas o algo más. «Si nos traen toda la documentación que les hemos requerido, no necesitamos que aporte a posteriori ningún documento y dependiendo de las visitas que tengamos previstas en la unidad, normalmente en el transcurso de la semana siguiente a la que nos traen los papeles hacemos las visitas y luego otra semana o diez días para que lo tramiten en el Servicio Territorial, así que unos quince o veinte días», concetó Hermida.
Desde la Junta reconocen que en el caso del Bierzo los corrales son «son abundantes» en una comarca donde se multiplican las explotaciones ganaderas «muy pequeñas», a diferencia de lo que ocurre en otras unidades de veterinarias donde «son más residuales porque tienen mucha agricultura y ganadería intensiva entonces los corrales domésticos prácticamente no existen».
Cabe recordar que la mano dura que está imponiendo la Xunta de Galicia a la hora de exigir la legalización de los gallineros de autoconsumo podría llegar al Bierzo con la aplicación del Real Decreto 637/2021, que establece las normas básicas de ordenación de las granjas avícolas y que obliga a registrar los gallineros de autoconsumo de menos de 30 gallinas ponedoras se acabe extendiendo también a la comarca. Aunque el Real Decreto aprobado en 2021 no establece multas, las sanciones sí se recogen en la Ley de Sanidad Animal, donde las infracciones leves pueden llegar hasta los 3.000 euros.
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