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Campanario de la iglesia de San Ignacio de Ponferrada. Carmen Ramos
Ponferrada

La Diócesis de Astorga recurrirá la sentencia que le obliga a silenciar las campanas de San Ignacio

Los servicios jurídicos del obispado apelarán la decisión judicial que considera que su sonido supera los límites establecidos por la legislación sobre el ruido y le condena a ajustar el volumen

Carmen Ramos

Ponferrada

Miércoles, 28 de mayo 2025, 08:14

La polémica sobre el volumen de la campanas de la iglesia de San Ignacio de Ponferrada escribe un nuevo capítulo.

La Diócesis de Astorga ha anunciado que recurrirá la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Astorga que considera que su sonido supera los límites establecidos por la legislación sobre el ruido y le condena a ajustar el volumen a los límites que establece la ley.

Además, la decisión judicial, que no es firme, condena al obispado, que ha dirigido Jesús Fernández González hasta su traslado a Córdoba donde ha sido nombrado obispo, a pagar mil euros al denunciante en concepto de indemnización por los daños morales causados debido al estrés provocado por el tañir de la campanas.

Se trata de un asunto que «están llevando los servicios jurídicos de la diócesis de Astorga», explicaron fuentes de la Diócesis, que han confirmado, además, que «sí que recurrirán la sentencia».

La resolución del juzgado ha tenido en cuenta las mediciones y también los diferentes informes acústicos que se han realizado en el domicilio de la persona que presentó la denuncia y que demuestran que el sonido de las campanas de la iglesia de San Ignacio de la capital berciana supera los límites legales.

Se la circunstancia que la sentencia no reconoce diferencia alguna entre los diferentes toques de campana que se utilizan en el templo situado en la avenida de Compostilla de la capital berciana. Así no distingue entre los repiques que marcan las horas o los que se utilizan para llamar a los fieles a los diferentes actos litúrgicos, según recoge El Confidencial. Entiende, además, que el toque de campanas reconocido como Patrimonio Inmaterial por la Unesco no es en sí mismo un derecho que pueda ser incluido en la libertad religiosa y de culto que recoge el artículo 16 de la Constitución.

Controversia vecinal

La sentencia que obliga a acallar las campanas de la iglesia de San Ignacio de Ponferrada ha generado cierta controversia entre los vecinos de la avenida de Compostilla, donde se sitúa el templo, que oyen cada día el sonido de las campanas desde sus viviendas o negocios y les anuncian lo que está pasando, marca las horas y las citas con los diferentes actos litúrgicos.

A algunos les gusta un repique que ven como una tradición mientras que otros, sin llegar a censurarlo, entienden que el volumen del tañir en algún momento del día puede llegar a molestar.

La última palabra sigue estando, de momento en manos de la Justicia, que es la que deberá pronunciarse de nuevo sobre si ratifica la resolución del Juzgado de Primera Instancia de Astorga para elevarla a firme y que sea finalmente ejecutada o si, por el contrario, la revoca.

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