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Ponferrada
Martes, 21 de diciembre 2021, 15:56
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La Sección de Admisión de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo comunicó este lunes a la Junta de Castilla y León la inadmisión del recurso de casación presentado por la Asociación Bierzo Aire Limpio contra la sentencia de 12 de abril del TSJ de Castilla y León, por la que, sin perjuicio de resaltar un defecto meramente de forma en la tramitación municipal de la licencia de la Red de Calor de Ponferrada, reconoció la conformidad a derecho tanto de la ubicación de la central como el trámite previsto de uso provisional del suelo.
Según señalaron fuentes del Gobierno autonómico, el Tribunal Supremo resolvió la inadmisión «en apenas dos líneas», confirmando la imposibilidad de acceso al Alto Tribunal de las controversias relativas a normativa autonómica ya resueltas por los Tribunales Superiores de Justicia. «Algo que era de sobra conocido por la Asociación recurrente», añadieron.
De este modo, tanto el promotor, Somacyl, como el Ayuntamiento de Ponferrada fueron capaces de subsanar la formalidad recogida en la sentencia del TSJ, «aplicando el máximo rigor y garantías en la tramitación» y «a pesar de la intención dilatoria de Bierzo Aire Limpio con la presentación de este recurso».
Con esta resolución, llega a su fin un periplo judicial, «que ha puesto de manifiesto que la trascendencia del compromiso contra el cambio climático y la descarbonización está por encima de intereses particulares», señalaron las mismas fuentes. Así, solo queda la puesta en marcha de la instalación una vez el Ayuntamiento otorgue la correspondiente licencia ambiental.
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