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Estos son los gastos que te puedes deducir (y cómo debes hacerlo)
La declaración de la Renta acostumbra a ser un quebradero de cabeza para la mayoría de autónomos y Pymes de nuestro país. Como cada año, el desembolso de tiempo y dinero en realizarla puede entorpecer la recta final del segundo trimestre del año con pequeños escollos burocráticos que, aunque se repitan año tras año, nunca acaban de conocerse en profundidad.
Eso sí, cuando descubrimos que podemos desgravarnos algunos gastos que no conocíamos con anterioridad y que el pago del IRPF (o el cobro de este) en la declaración puede ser más favorable, todo parece adoptar una tonalidad menos grisácea que en otras campañas. Los gastos deducibles son todos aquellos gastos que, restados a los ingresos, dan como lugar el beneficio neto de una actividad. Los autónomos en estimación directa podrán presentar trimestralmente el Modelo 130 (pago fraccionado con autoliquidación trimestral), siendo el formulario anual la Declaración de la Renta.
Lo mismo ocurre con el IVA. En este caso, cada tres meses. Pero contar con un mayor conocimiento de todos aquellos desembolsos que pueden hacernos ahorrar en nuestras declaraciones trimestrales y que no aplicábamos hasta ahora puede aliviar un poco más las cuentas de Pymes y autónomos.
Las cuotas de IVA son deducibles tanto para autónomos como para empresas, pero solo si las facturas abonadas se pueden demostrar como parte de la actividad profesional o de la empresa. Cuando un autónomo o empresa abona una factura de 100 euros de base y 21 euros de IVA, esos 21 euros cuentan como gasto deducible de IVA, y hay modelos para restarlo al IVA devengado (ese que el autónomo o la empresa recepciona y luego tramita al Estado).
Al igual que ocurre con los autónomos, las empresas tienen mecanismos para deducirse gastos generales, esta vez del Impuesto de Sociedades (IS) y gastos asociados al IVA
Para que no se te escape ni un solo gasto deducible ni cometas algún pequeño error que después repercuta en multas y sanciones, te presentamos los detalles de unas gestiones que, si se conocen bien desde un principio, pueden ahorrar mucho tiempo y dinero. Especialmente para aquellos que acaban de empezar. Para ello, hablamos con los expertos de TaxDown, una asesoría fiscal online pionera en declaraciones y servicios digitales.
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Gastos deducibles: Estatales y por Comunidades
A nivel estatal, las principales novedades verán sus efectos en la próxima campaña. Sin embargo, el Gobierno ha aprobado una modificación en la deducción de maternidad para todas las madres con bebés menores de tres años, con la novedad de que también se podrán acoger a esta medida las madres en paro o que cobren el ingreso mínimo vital.
Aunque no ha tenido cabida en la declaración de este año, el abono anticipado sí que lo pueden solicitar todas las madres desde el pasado mes de enero de 2023. Otras de las novedades fiscales llega con los planes de pensiones cuya aportación este año queda limitada a 1.500€ (frente a los 2.000€ del año pasado), mientras que la contribución para planes de pensiones de empresa asciende de 8.000€ a 8.500€. El resto de las deducciones estatales se han mantenido igual para esta campaña.
Más de 26 deducciones en las CCAA
Un total de 26 nuevas deducciones autonómicas han estado disponibles para la campaña de la Renta de este año. Se trata de una cifra elevada, ya que muchas de ellas se destinan a paliar los efectos de la inflación, sobre todo en aquellas comunidades que no han efectuado deflactaciones en los tramos del IRPF. Para verlas todas, haz clic en el siguiente enlace.
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Sociedad con personalidad jurídica o en nombre propio
Cuando la actividad se desarrolla mediante una sociedad, el trabajador por cuenta propia podrá percibir los rendimientos derivados de las funciones desempeñadas en la misma mediante nómina o facturando a esta los correspondientes honorarios por los servicios que se presten.
Tanto en el primer caso como en el segundo, tendrá la consideración de autónomo societario en la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), teniendo que hacer frente al correspondiente pago de sus seguros sociales o “Cuota de autónomos”. Además, este gasto siempre tendrá la consideración de ser fiscalmente deducible en el cálculo del rendimiento neto de la actividad, un dato que a pesar de su obviedad no es ampliamente conocido.
Si las retribuciones son a través de una nómina, tendrán la consideración de rentas procedentes de rendimientos del trabajo personal -a efectos de IRPF-, de la misma forma que cualquier otro trabajador por cuenta ajena. En este caso, la deducibilidad de los gastos estará muy limitada.
En el caso de que los honorarios sean mediante factura, implicará la necesidad de cursar alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Tributaria y las remuneraciones obtenidas tendrán la consideración de rendimientos de actividades económicas a efectos de IRPF. “En este escenario, se podrá tener en cuenta un abanico mucho más amplio de gastos deducibles, siempre que se justifique que está relacionado directa y exclusivamente con la actividad en cuestión”, indica Valeria Hernández, responsable del área de autónomos de TaxDown.
Los gastos: un mundo más complejo de lo que parece
Según los expertos, llevar un control exhaustivo y adecuado de los gastos en los que se incurre para poder ejercer la actividad del negocio es uno de los pilares fundamentales para no incurrir en errores innecesarios. Además, hay que conocer de primera mano todos los gastos que permite deducir la Ley de IRPF, así como estar al corriente de los requisitos para cada tipología en concreto.
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IRPF: 7%, 15% o 20%
Otro aspecto a destacar sería mantener una correcta previsión de los ingresos para poder ir haciendo anticipos a cuenta del impuesto correspondiente. Según Hernández, “es necesario llevar a cabo un ajuste tanto de las retenciones de IRPF -vía nómina o factura, aumentando el tipo impositivo en función de los ingresos a percibir- como de los pagos fraccionados que se vayan realizando a lo largo del ejercicio”.
Aquellos autónomos que realicen actividades de naturaleza profesional o artística que tienen la consideración de rendimientos de actividades económicas deben emitir sus facturas con retención del 15% de IRPF (7% durante el primer ejercicio de actividad y los dos ejercicios naturales siguientes). Sin embargo, todos los autónomos que desarrollen una actividad económica de carácter empresarial, o que no siendo empresariales, no tengan retenciones en más del 30% de sus facturas, tendrán la obligación de pagar los pagos fraccionados. De forma simplificada, el importe de los pagos fraccionados será, por regla general, el 20% de los beneficios que hayan tenido durante el año hasta el momento de presentar el modelo correspondiente. Como es un modelo acumulativo, además de calcular ese 20% tendrán que restar los pagos ya realizados en modelos anteriores durante el año y las retenciones que se hayan practicado.
También hay que considerar las reducciones que Hacienda permite incluir en la declaración en determinados casos y que pueden mejorar el resultado considerablemente. Debes prestar especial atención en estos casos: si eres trabajador económicamente dependiente, tienes un único cliente no vinculado al que facturas el 100% de tus rendimientos, te encuentras en tu primera actividad como trabajador por cuenta propia o en el cómputo general del año o has tenido rentas no exentas inferiores a 12.000 euros, entre otros casos, dispones de reducciones notables para optimizar al máximo el resultado de tu IRPF.
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Hay dos requisitos imprescindibles para que un gasto sea deducible, y ambos han de cumplirse de cara a una futura auditoría: el gasto ha de ser fiscalmente justificable ante la actividad que desarrolla la empresa. Es decir, ha de poder demostrarse que guarda relación con el trabajo en cuestión.
Y debe ser verificable, transparente y trazable. Ha de existir documentación fiable que informe sobre el pago en cuestión, generalmente una factura de compra en la que aparezca reflejado el importe base y el IVA abonado, así como los ítems o partidas adquiridas. En caso de incurrir en algún error, es posible modificar los modelos de la Agencia Tributaria para subsanar erratas.
“Una de las recomendaciones más comunes es que el autónomo o Pyme cuente con un profesional que le guíe desde un inicio en este asesoramiento, que acaba resultando crucial para tener una buena planificación fiscal al final de cada ejercicio”, destaca Hernández.
Por un lado, hay que tener en cuenta los gastos directamente relacionados con el lugar donde se desarrolla la actividad profesional en cuestión. En el caso de trabajar desde casa, por ejemplo, pueden deducirse algunos suministros domésticos de forma proporcional -con la obligación, siempre, de comunicar a Hacienda y a la Administración correspondiente la forma de calcular el importe porcentual deducible-.
Al igual que ocurre con los autónomos, las empresas tienen mecanismos para deducirse gastos generales, esta vez del Impuesto de Sociedades (IS) y gastos asociados al IVA. Las empresas no tienen IRPF, en su lugar tienen Impuesto de Sociedades. Este se abona con el Modelo 200 o Modelo 202, y guarda relación con el beneficio. A más beneficio, más IS.
Los gastos restan en la fórmula ‘Beneficio = Ingresos − Gastos’, por lo que a más gastos demostrables, menos Impuesto de Sociedades. Respecto al IVA, las empresas lo deducen de la misma forma que los autónomos, ya sea a través del Modelo 303 (trimestral o mensual) y el Modelo 390.
Atención, también, a los gastos no deducibles. Según la propia Agencia Tributaria, no lo serán los pagos efectuados por razón de siniestros ocurridos en los bienes inmuebles que den lugar a disminuciones en el valor del patrimonio del contribuyente o el importe de las mejoras efectuadas en los bienes inmuebles, sin perjuicio de la recuperación de su coste por vía de las amortizaciones.
ALLÍ DONDE ESTÉS
Las pymes representan el 98% del tejido empresarial español. Un pequeño universo de negocios de todo tipo, de empresarios que luchan por abrir las puertas de sus empresas y se enfrentan a cada día a un mundo repleto de incertidumbre y de desafíos.
Las pymes son el motor de la economía española, y siguen necesitando apoyo financiero y asesoramiento para seguir creciendo y hacer crecer la economía española. Es por esto que Banco Santander se compromete a apoyar a las pymes ofreciendo servicios y productos financieros, así como soluciones personalizadas a cada una de ellas.
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