Un varón se enfrenta a 10 años de prisión por apropiación indebida, estafar medio millón de euros y llevar al colapso a la empresa
El juicio se celebra en la Audiencia Provincial de León este miércoles 28 de febrero y también será juzgado el perito que falseó las tasaciones que hicieron posible la compra de la empresa
I. Santos
León
Martes, 22 de febrero 2022, 09:57
Un acusado de un delito societario y de apropiación indebida por el cual estafó 517.416 euros y provocó el colapso de la empresa, un año después de adquirirla se enfrenta a 10 años de prisión y una indemnización de más de medio millón de euros.
Los hechos se remontan a 2007 cuando inició los trámites para hacerse con el control de una empresa, que en aquel momentos tenía facturaciones cercanas a los 500.000 euros.
Junto a él, otro acusado se enfrenta a una multa de 7.300 euros por ayudarle con un falso peritaje a hacerse con el control de la sociedad mediante acuerdos que nunca llegaron a cumplirse.
La adquisición
Al conocer las importantes facturaciones de la empresa desde su año de constitución hasta 2007, llegando al medio millón de euros anuales, el acusado, sin antecedentes penales, inicia una negociación para el control y dominio de la firma a cambio de realizar notables inversiones en forma de capital y de maquinaria.
En agosto de 2007 cierran el acuerdo comprando el acusado el 66% de la factoría a través de otra sociedad de la que es socio mayoritario, quedando el anterior propietario como director facultativo y con un 33% de las acciones.
A partir del mismo momento en que adquiere la administración única de la empresa, en lugar de proceder a cumplir con los acuerdos verbales comienza un proceso de despatrimonialización y desmantelamiento de la sociedad de espaldas a su socio minoritario y con ánimo de enriquecerse ilícitamente, tal y como expone el fiscal en el escrito de acusación.
Las actuaciones
Comienza entonces a emitir facturas desde su empresa anterior a la nueva adquisición entre octubre y diciembre de ese mismo año sumando las tres facturas 168.395 euros por material industrial supuestamente vendido, pero que nunca llegó a producirse. En este caso, el fiscal asegura que el acusado intenta justificar la adquisición previa de dichos materiales mediante facturas y albaranes girados a la sociedad, dándose el absurdo de que la misma no se constituyó hasta 8 meses después de las supuestas adquisiciones de material.
Esta deuda fue reconocida en la Junta General de accionistas en febrero y con el 66% de sus acciones pese a la oposición del 33% de las acciones del anterior propietario.
En otra ocasión cargó a las cuentas de la empresa facturas y gastos que en modo alguno pertenecen a la misma, tales como teléfonos móviles, supermercados, peajes, seguros de vehículos y gastos totalmente ajenos a la sociedad por importe de 17.322 euros así como otros 4.972 euros por motivos semejantes y no deducibles.
El acusado también cobró facturas por trabajos que sí fueron realizados por la empresa por importe de 121.883 euros sin destinar dichos ingresos al saneamiento y funcionamiento de la sociedad, sino a sus propios intereses.
El fiscal también relata en el escrito que se hizo uso de las cuentas corrientes y de las líneas de crédito mediante operaciones sin tipo de justificación contable ni comercial por importe de 362.249 euros, sin que se tenga constancia fehaciente del destino último de dichos bienes así como de los motivos que los ocasiones.
Por otro lado, no cumplió con los requisitos de tramitación administrativa necesarios para la concesión de 52.390 euros procedentes del Ministerio de Industria y de la Agencia de desarrollo económico de Castilla y León. Tampoco cumplió con sus obligaciones tributarias con la AEAT, generando una deuda con la misma durante los años 2008 y 2009 por importe de 34.571 euros.
Toda está actividad por parte del acusado provocó el colapso inmediato de la sociedad que ha sufrido un perjuicio patrimonial valorado pericialmente en 517.416 euros así como que se produjera el colapso de la misma en el año 2008.
Delito de 'perito mendaz'
Al mismo tiempo y con el fin de favorecer la adquisición inicial de la empresa se detecta que la constitución de la segunda sociedad ha sido realizada mediante la peritación de un vehículo valorado en 35.000, cuando su valor real era de 4.500 euros; una carretilla elevadora marca Lancerboss valorada pericialmente en 21.000 euros que realmente valía 8.000 euros y una carretilla marca Hyster que se valora pericialmente en 10.000 euros y que realmente tenía un valor de 5.000 euros.
Estas tres peritaciones fueron llevadas a cabo por un ingeniero industrial, puesto de común acuerdo con el acusado, que también se sentará en el banquillo en esta causa.
Delito y penas
El fiscal explica en el escrito de acusación que los hechos relatados son constitutivos de un delito de apropiación indebida, un delito continuado de falsedad en documento mercantil, un delito societario y finalmente un delito de perito mendaz.
El primero de los acusados se enfrenta este miércoles 23 de febrero en la Audiencia Provincial de León a 10 años de prisión por los delitos de apropiación indebida y el delito societario, además de un año de multa con una cuota diaria de 10 euros.
El otro acusado se enfrentará a 21 meses de multa con una cuota diaria de 10 euros y una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas, así como la inhabilitación especial para ejercer como perito por un periodo de cinco años.
Por otro lado, el fiscal del caso pide que el acusado indemnice en la cantidad de 517.415 euros a la persona a quien compró la empresa con engaños e incumplimientos. Finalmente, el fiscal insta a que «se proceda a abrir piezas separadas de responsabilidad civil de las presentes actuaciones».