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Un policía se dirige a una mujer que camina por la calle durante el confinamiento domiciliario.
El Constitucional deja en el aire 8.256 sanciones a leoneses durante el primer estado de alarma

El Constitucional deja en el aire 8.256 sanciones a leoneses durante el primer estado de alarma

A 31 de diciembre de 2020, de todas esas propuestas, apenas el 37% habían sido notificadas y no llegaba al 10% el número de ciudadanos que las habían abonado

Viernes, 16 de julio 2021, 09:30

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El encierro domiciliario del estado de alarma decretado por el Gobierno de Pedro Sánchez entre el 14 marzo hasta el 21 de junio de 2020 para frenar la primera oleada del coronavirus fue ilegal. Un Tribunal Constitucional dividido casi por la mitad zanja que aquel confinamiento establecido en el artículo 7 del decreto de alarma no tenía el amparo de la Carta Magna. Y ello, porque supuso una suspensión de los derechos fundamentales y no una simple limitación de los mismos, como sostuvo el Ejecutivo central en la argumentación jurídica del decreto, que la corte de garantías zanja que vulneró la Constitución.

El fallo abre la puerta a que los 8.256 leoneses que fueron propuestos para sanción en aquellos 98 días vean anulados los castigos. De todas ellas, 5.323 fueron realizadas por los Fuerzos y Cuerpos de Seguridad del Estado (Policía Nacional y Guardia Civil) y el resto por policías locales o municipales.

Sólo se pagaron una de cada diez

A pesar de la negativa del Ministerio del Interior de informar cuántas de esas propuestas fueron finalmente notificadas a los ciudadanos y cuántas acabaron abonadas, leonoticias sí tuvo acceso a ese dato el pasado mes de diciembre.

Antes de finalizar 2020, 3.121 leoneses habían recibido la notificación de dicha sanción, lo que supone el 37% del total; mientras que apenas el 9,5%, 806 ciudadanos, habían abonado ya la cantidad correspondiente a su sanción.

El Gobierno espera conocer el contenido completo de la sentencia del Tribunal Constitucional para determinar cómo debe devolver esas cuantías y hasta qué punto tiene obligación de devolver el daño causado a los negocios que se vieron afectados por las normas de ese estado de alarma.

El estado de excepción

Suspender derechos como el de la libre circulación –entiende la sala- es algo que el Gabinete de Sánchez solo podía haber hecho bajo el paraguas del estado de excepción, el más severo de los previstos en la Constitución y que hubiera requerido el permiso previo del Congreso de los Diputados.

El voto de la vicepresidenta de la corte, Encarnación Roca, a favor de decretar inconstitucional el encierro masivo durante los momentos más duros de la pandemia de 2020 fue el que acabó de inclinar la balanza en un cuestión que ha partido al tribunal en dos mitades irreconciliables a pesar del larguísimo debate. Cinco magistrados (tres progresistas y dos conservadores, entre ellos el presidente Juan José González Rivas) mantuvieron hasta el final que el estado de alarma era suficiente, mientras que otros cinco (todos ellos conservadores) se mantuvieron inamovibles en que el Ejecutivo vulneró la carta magna.

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