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Ponferrada
Viernes, 10 de noviembre 2017, 18:26
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La solicitud de planteamiento de cuestión de inconstitucionalidad por el letrado Hermenegildo Fernández Domínguez, del despacho ponferradino ‘Fernández Domínguez Abogados’, y que ha sido estimada por el Juzgado de 1ª Instancia Nº 3 de Ponferrada, mediante Auto de fecha 2 de noviembre de 2017, se fundamenta en que la Disposición Adicional Novena de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, modificada por la Ley 6/2014, de 7 de abril, es contraria al art. 9.3 de la Constitución Española, por ser «arbitraria e injusta».
Arbitrariedad que se manifiesta en la citada Disposición Adicional Novena, por cuanto imputa responsabilidad a alguien que no es el causante del daño, sino que es la víctima del daño causado por el animal cinegético. Todo ello, a pesar de que no exista por parte del conductor ningún incumplimiento de las normas de circulación, ni culpa o negligencia alguna por su parte.
Además también «vulnera el principio de igualdad», consagrado en el artículo 14 de la Constitución Española, al exonerar a los titulares de cotos de caza por los accidentes de tráfico ocasionados por atropello de especies cinegéticas en las vías públicas, en relación con los titulares de explotaciones ganaderas o propietarios o poseedores de animales domésticos. «Mientras éstos responden objetivamente de los daños que causen estos animales aunque se les escape o se le extravíe cuando irrumpen en la vía pública, y tanto frente al conductor del vehículo como frente a los ocupantes del mismo, por el contrario los titulares de las explotaciones cinegéticas, como son los cotos de caza, quedan exentos de toda responsabilidad por la irrupción de esos animales en la vía pública y se responsabiliza de los daños al conductor del vehículo a pesar de que no incurra en culpa o negligencia alguna, tanto por los daños sufridos por el propio conductor, como por los sufridos por los ocupantes de su vehículo», apuntan.
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